Overview
Los comités de auditoría enfrentan un desafío legal y de gobierno corporativo específico cuando encargan una investigación independiente: necesitan abogados genuinamente independientes de la gerencia, capaces de producir un registro fáctico que los auditores externos y los reguladores acepten, y con la experiencia suficiente para reconocer cuándo los hallazgos exigen divulgación inmediata o notificación al gobierno.
Michael Garcia ha representado a comités de auditoría de empresas estadounidenses y europeas que cotizan en bolsa en múltiples investigaciones internas en América Latina, incluidos asuntos que requirieron coordinación con auditores externos en materia de reformulaciones de estados financieros y obligaciones de divulgación ante la SEC (Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU.). Su conocimiento contable a nivel de CPA constituye una ventaja práctica en cada representación de comités de auditoría, ya que le permite abordar directamente las dimensiones cuantitativas de las investigaciones de fraude contable que la mayoría de los abogados debe delegar en contadores forenses.
La práctica de comités de auditoría de la firma está estructurada para mantener una estricta independencia de cualquier relación existente con la gerencia o con los abogados externos de la empresa. Reportamos directamente al comité de auditoría y nos comunicamos con los auditores externos, los reguladores y los abogados a cargo de la divulgación únicamente según las instrucciones del comité.
Our Approach
Las investigaciones de comités de auditoría requieren dos vías paralelas: la investigación legal (revisión de documentos, entrevistas a testigos, análisis legal) y la investigación financiera (contabilidad forense, cuantificación de la reformulación de estados financieros, evaluación de controles internos). Conducimos ambas vías de manera simultánea, de modo que el análisis financiero informe los hallazgos legales en lugar de seguirlos.
Los auditores externos tienen sus propias obligaciones y plazos. La investigación debe diseñarse desde el inicio para producir hallazgos en un formato y en un plazo que permitan a los auditores completar su trabajo, y para preservar el privilegio abogado-cliente sobre el análisis legal mientras se coopera plenamente en el registro fáctico.


