América Latina y asuntos transfronterizos

28 U.S.C. § 1782 – Discovery en EE. UU. para procedimientos extranjeros

Obtención de discovery ante tribunales federales de EE. UU. en apoyo de litigios, arbitrajes y procedimientos penales extranjeros.

Overview

El 28 U.S.C. § 1782 es una de las herramientas más poderosas a disposición de los litigantes en procedimientos extranjeros. Permite a cualquier parte interesada solicitar a un tribunal federal de distrito de EE. UU. una orden que obligue a prestar testimonio o a producir documentos a cualquier persona o entidad que se encuentre en el distrito (incluidos bancos, estudios jurídicos y empresas de EE. UU.) en apoyo de procedimientos pendientes ante tribunales extranjeros o arbitrajes internacionales.

El estudio asiste regularmente a clientes en la preparación de peticiones bajo la Sección 1782, logrando con frecuencia que el tribunal federal las apruebe entre 24 horas y una semana después de su presentación.

También hemos manejado peticiones sustanciales y controvertidas. Por ejemplo, en Oro Negro Drilling v. Quinn Emanuel Urquhart & Sullivan, el estudio presentó una petición bajo el § 1782 en representación de seis SPVs de Singapur propietarias de cinco plataformas de perforación petrolera financiadas mediante US$900 millones en bonos, a fin de obtener discovery (exhibición de pruebas) respecto de al menos US$27 millones presuntamente malversados a través de sociedades pantalla offshore, lo que incluyó solicitar discovery directamente al estudio contrario, Quinn Emanuel, con base en alegaciones de que dicho estudio recibió indebidamente US$8 millones. El asunto ha sido cubierto por Law360, The American Lawyer y Global Restructuring Review. En un procedimiento separado relacionado con Argentina, el estudio obtuvo autorización bajo el § 1782 para obtener discovery de Wells Fargo y Citibank en apoyo de procedimientos penales en Argentina, en representación de inversores inmobiliarios argentinos cuyos fondos fueron rastreados hasta cuentas bancarias en EE. UU.

Estos asuntos reflejan la realidad práctica del § 1782: cuando la evidencia más importante de una disputa extranjera se encuentra en cuentas bancarias, archivos de estudios jurídicos o servidores de empresas en EE. UU., una orden de un tribunal estadounidense es la vía más rápida y confiable para obtenerla.

Our Approach

Una petición bajo el § 1782 requiere satisfacer cuatro requisitos de admisibilidad y persuadir al tribunal de que los factores discrecionales de Intel favorecen la divulgación. Los requisitos de admisibilidad son específicos de cada jurisdicción; los factores discrecionales dependen en gran medida de los hechos. Analizamos ambos desde el inicio y diseñamos la petición para anticipar las objeciones más probables del destinatario.

Representative Experience

Latin America & Cross-Border

  • Discovery bajo la Sección 1782 para tenedores de bonos de Oro Negro

    Representación de los tenedores de bonos de Oro Negro en un esfuerzo transfronterizo activo para rastrear al menos US$27 millones desviados de vehículos de propósito especial que poseían bonos vinculados a plataformas de perforación petrolera de Pemex frente a las costas de México, utilizando 28 U.S.C. Section 1782 para exigir discovery en los Estados Unidos, incluido discovery solicitado a los abogados de la contraparte, Quinn Emanuel, respecto de aproximadamente US$8 millones rastreables a cuentas de los clientes.

  • Discovery bajo la Sección 1782 para víctimas argentinas de fraude

    Colaboró en la obtención de la autorización de un tribunal federal para el discovery dirigido a Wells Fargo y Citibank en representación de inversores inmobiliarios argentinos defraudados mediante un esquema en el que la misma propiedad fue vendida a múltiples compradores, lo que abrió el acceso a la información de cuentas bancarias en EE. UU. solicitada por un juez argentino a través de una petición bajo la Sección 1782.

  • Discovery conforme a la Section 1782 para víctimas argentinas de fraude

    Se obtuvo autorización de un tribunal federal, en representación de inversores inmobiliarios argentinos, para la obtención de pruebas (discovery) conforme a la Section 1782 respecto de información de cuentas bancarias en EE. UU. (aproximadamente US$10 millones), solicitada por un tribunal argentino para respaldar procesos penales en Argentina.

Frequently Asked Questions

¿Qué tipos de procedimientos extranjeros califican para el discovery bajo el § 1782?

La Sección 1782 está disponible para procedimientos pendientes ante tribunales extranjeros o internacionales, incluidos tribunales civiles, tribunales penales, paneles arbitrales bajo reglas institucionales (ICC, ICSID, AAA-ICDR) y, en algunos circuitos, arbitrajes privados. La decisión de la Corte Suprema en Intel, de 2004, amplió significativamente el alcance de la norma. No es necesario que el procedimiento esté pendiente al momento de presentar la petición; basta con que el procedimiento esté razonablemente contemplado.

¿Puede utilizarse el discovery bajo el § 1782 contra un estudio jurídico?

Sí. Un estudio jurídico físicamente presente en un distrito de EE. UU. está sujeto al discovery bajo el § 1782 como cualquier otra persona o entidad. La petición en Oro Negro Drilling (en la que el estudio solicitó discovery de Quinn Emanuel con base en alegaciones de que dicho estudio recibió US$8 millones rastreables a fondos de clientes) es un ejemplo. Los argumentos basados en el privilegio abogado-cliente y en la protección del producto del trabajo del abogado (work product) suelen plantearse como defensas, y su solidez depende de los documentos y las circunstancias específicas.

¿Con qué rapidez puede obtenerse una orden bajo el § 1782?

En casos sencillos, una petición ex parte bajo el § 1782 puede ser concedida dentro de los días siguientes a su presentación. El destinatario tiene luego la oportunidad de impugnar la orden antes de que se exija la producción. En nuestra experiencia, los tribunales del Southern District of Florida conceden con relativa rapidez las peticiones bien fundamentadas bajo el § 1782, a menudo entre dos y cuatro semanas desde la presentación hasta la orden inicial.

¿Puede utilizarse el § 1782 para obtener discovery en apoyo de un arbitraje comercial internacional con sede fuera de Estados Unidos?

La disponibilidad del § 1782 para arbitrajes comerciales internacionales privados fue significativamente restringida por la decisión de la Corte Suprema en ZF Automotive US, Inc. v. Luxshare, Ltd. (2022). La Corte sostuvo que el § 1782 no está disponible para arbitrajes comerciales puramente privados, incluidos los paneles de la ICC y de la AAA-ICDR, porque esos órganos no son 'foreign or international tribunals' en el sentido de la norma. Sin embargo, el § 1782 sigue estando disponible para arbitrajes conducidos bajo tratados de inversión (ICSID, UNCITRAL en el marco de un tratado bilateral de inversión) en los que el Estado ha consentido al arbitraje y el tribunal ejerce autoridad gubernamental delegada. Si su procedimiento extranjero involucra un arbitraje de inversión basado en un tratado o un tribunal respaldado por un Estado, el § 1782 aún puede ofrecer una poderosa herramienta de discovery. Si involucra un arbitraje comercial puramente privado, deben evaluarse mecanismos alternativos (cartas rogatorias, solicitudes bajo tratados de asistencia legal mutua (MLAT) u órdenes de discovery de tribunales locales).

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