Defensa en derecho penal económico, investigaciones internas y compliance regulatorio

Lavado de activos

Defensa en procesos penales federales por lavado de activos, desde investigaciones bajo la BSA hasta casos internacionales de gran envergadura.

Overview

Los cargos federales por lavado de activos conllevan severas penas legales, permiten el decomiso de todos los fondos rastreables y se agregan de manera rutinaria a acusaciones por fraude y narcóticos para multiplicar tanto la pena potencial como la incautación de activos. El sur de Florida es uno de los distritos con mayor actividad de aplicación de la ley en materia de lavado de activos del país.

Nuestros abogados manejan asuntos de lavado de activos en los niveles más altos de complejidad. Adam Fels representa actualmente a un ciudadano argentino en un proceso penal por transmisión de dinero sin licencia descrito por el gobierno como uno de los más grandes en la historia de EE. UU., por más de US$350 millones, que involucra procedimientos de extradición desde Argentina. Alejandro Soto representa simultáneamente a otro ciudadano argentino en un asunto paralelo de escala comparable. Ambos casos exigen dominio de los requisitos de conocimiento e intención que el gobierno debe probar más allá de toda duda razonable.

Our Approach

La defensa en casos de lavado de activos requiere dominio técnico del derecho (las transacciones imputadas deben analizarse frente a los elementos específicos de cada inciso de la ley) y pensamiento estratégico sobre la evidencia financiera. Trabajamos con contadores forenses para cuestionar la caracterización del gobierno respecto de qué fondos eran "producto de una actividad ilícita específica" y si el acusado tenía el conocimiento requerido.

Representative Experience

White Collar & Government Investigations

  • Defensa confidencial ante el DOJ – esquema de sobornos Gunvor / PetroEcuador

    Representó a un ciudadano canadiense y exempleado de Gunvor acusado en el Eastern District of New York de conspirar para lavar el producto de un esquema de sobornos de aproximadamente US$22 millones que involucraba a la petrolera estatal de Ecuador, PetroEcuador. Gunvor S.A., la empresa suiza de comercialización de energía, se declaró culpable por separado en marzo de 2024 de conspiración para violar la FCPA y pagó una multa penal de US$374.56 millones como parte de una resolución global de US$474.4 millones, admitiendo que pagó a intermediarios más de US$97 millones entre 2012 y 2020 para sobornar a funcionarios de PetroEcuador con el fin de obtener y retener negocios de comercialización de petróleo. Con cobertura de Bloomberg, The Wall Street Journal y la prensa internacional.

  • Acción de cumplimiento AML contra un banco global

    Representación de una institución financiera global en una acción de cumplimiento regulatorio en EE. UU. relacionada con su programa de compliance de prevención de lavado de activos.

  • Proceso penal por remesas de dinero sin licencia

    Representa a un cliente acusado en el Southern District of Florida de lavado de activos derivado de alegaciones de remesas de dinero sin licencia, en un caso que involucra más de US$350 millones y que se encuentra entre los mayores de su tipo presentados por el gobierno federal. El cliente se encuentra en Argentina a la espera del proceso de extradición.

  • Investigación de sanciones por la USAO y la OFAC

    Representa a un cliente investigado tanto por la U.S. Attorney's Office como por la Office of Foreign Assets Control por presuntas violaciones de la International Emergency Economic Powers Act y lavado de activos, con exposición transfronteriza a Rusia.

Latin America & Cross-Border

  • Defensa confidencial ante el DOJ – esquema de sobornos Gunvor / PetroEcuador

    Representación de un ciudadano canadiense y exempleado de Gunvor acusado en el Eastern District of New York de conspirar para lavar el producto de un esquema de sobornos de aproximadamente US$22 millones que involucraba a la petrolera estatal de Ecuador, PetroEcuador. Gunvor S.A., la empresa suiza de comercialización de energía, se declaró culpable por separado en marzo de 2024 de conspiración para violar la Foreign Corrupt Practices Act ("Ley Contra Corrupción en el Extranjero", FCPA) y pagó una multa penal de US$374.56 millones como parte de una resolución global de US$474.4 millones, admitiendo que pagó a intermediarios más de US$97 millones entre 2012 y 2020 para sobornar a funcionarios de PetroEcuador con el fin de obtener y retener negocios de comercialización de petróleo. Cubierto por Bloomberg, The Wall Street Journal y prensa internacional.

Frequently Asked Questions

¿Qué debe probar el gobierno para condenar a alguien por lavado de activos a nivel federal?

Conforme al 18 U.S.C. § 1956, el gobierno debe probar: (1) una transacción financiera que involucre fondos provenientes de una actividad ilícita específica; (2) conocimiento de que los bienes representaban el producto de alguna forma de actividad ilícita; y (3) la intención de promover la actividad subyacente, ocultar su origen o evadir los requisitos de reporte. Probar que el acusado sabía que los fondos eran producto de un delito suele ser la cuestión más controvertida.

¿Qué es la transmisión de dinero sin licencia y por qué da lugar a cargos por lavado de activos?

Operar un negocio de transmisión de dinero sin licencia estatal y sin registro ante FinCEN es un delito grave federal conforme al 18 U.S.C. § 1960. El DOJ (Departamento de Justicia de EE. UU.) frecuentemente agrega cargos por lavado de activos bajo la teoría de que la actividad sin licencia genera fondos de origen delictivo que luego se lavan a través de transacciones posteriores, un patrón de imputación que el estudio ha litigado en asuntos de este tipo.

Nuestra empresa procesa pagos para comercios de terceros. ¿Qué exposición en materia de lavado de activos tenemos si resulta que un comercio estaba cometiendo un fraude?

Los procesadores de pagos y los bancos adquirentes enfrentan una exposición federal significativa en materia de lavado de activos en escenarios de fraude de comercios de terceros. Conforme al 18 U.S.C. § 1956(a)(1), procesar pagos que constituyen el producto de una actividad ilícita específica, incluido el fraude postal y electrónico, con conocimiento de su origen ilícito puede constituir lavado de activos. El elemento de "conocimiento" es objeto de disputa, pero puede probarse de manera circunstancial: señales de alerta que el procesador ignoró, alertas internas de compliance que fueron desestimadas, o patrones de contracargos y reclamos de consumidores pueden respaldar la conclusión de que el procesador "conocía o desatendió conscientemente" la naturaleza de las transacciones. La pregunta crítica es si el procesador tenía suficiente información como para que un jurado pudiera concluir que se cegó deliberadamente ante lo evidente, no si el procesador sabía que el comercio era fraudulento. Controles AML sólidos, el monitoreo de transacciones y la due diligence documentada de los comercios son a la vez requisitos de compliance y defensas.

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