Acciones de cumplimiento en materia de valores y compliance regulatorio

Insider trading

Defensa en investigaciones de insider trading de la SEC y el DOJ, incluidos casos que concluyeron sin la presentación de cargos.

Overview

Los casos de insider trading (uso indebido de información privilegiada) se encuentran entre los más intensivos en materia de hechos dentro de las acciones de cumplimiento en materia de valores. El gobierno debe probar que el acusado operó sobre la base de información material no pública obtenida en violación de un deber de confianza, una cadena probatoria que involucra la fuente de la información, la naturaleza de cualquier deber, la oportunidad de las operaciones y el conocimiento efectivo del acusado. Cada eslabón es una oportunidad de defensa.

La representación por parte de Alejandro Soto de un vicepresidente sénior de una empresa tecnológica de la lista Fortune 1000 en una investigación de insider trading del DOJ (Departamento de Justicia de EE. UU.), que concluyó sin que se presentaran cargos contra el cliente, ilustra lo que puede lograr una defensa disciplinada.

Our Approach

La defensa en casos de insider trading requiere un análisis granular del historial de operaciones, del acceso del acusado a información material no pública y de los patrones de comunicación entre el acusado y quienes pudieran haber entregado datos (tippers). Trabajamos con expertos financieros para reconstruir el historial de operaciones frente a la cronología de eventos corporativos y flujos de información, y realizamos nuestra propia investigación fáctica sobre las fuentes y la transmisión de cualquier información supuestamente material.

Representative Experience

Securities & SEC Enforcement

  • Investigación del DOJ por uso de información privilegiada; cliente no imputado

    Representamos a un vicepresidente senior de una empresa de tecnología Fortune 1000 en una investigación del DOJ por uso de información privilegiada (insider trading). El proceso penal relacionado culminó en una declaración de culpabilidad de la persona imputada; nuestro cliente no fue imputado.

Frequently Asked Questions

¿Qué hace que la información sea "material y no pública" a los efectos del insider trading?

La información es material si un inversor razonable la consideraría importante al decidir comprar o vender; típicamente, información sobre resultados, fusiones, adquisiciones o aprobaciones regulatorias. La información es no pública si no ha sido difundida a través de canales que la hagan ampliamente disponible. Tanto la materialidad como el carácter público de la información al momento de la operación suelen ser objeto de intensa controversia.

¿Puede una persona ser acusada de insider trading sobre la base de datos proporcionados por un familiar?

Sí. Conforme a la teoría de la apropiación indebida, una persona viola las leyes de valores al operar sobre la base de información apropiada indebidamente en violación de un deber de confianza frente a la fuente, incluido un familiar. Pero quien entrega el dato (tipper) debe haber recibido un beneficio personal a cambio, y quien lo recibe (tippee) debe haber conocido o debido conocer la violación. El requisito del "beneficio personal" ha sido objeto de extenso litigio.

Operé con acciones de la empresa de mi empleador después de una reunión de dirección en la que se discutieron resultados futuros. ¿Es eso insider trading?

Depende de la información específica que se haya discutido, de si era material y de si sus operaciones ocurrieron antes de que esa información se divulgara públicamente. No toda información discutida en una reunión de dirección constituye "información material no pública". La información es material solo si un inversor razonable la consideraría importante al tomar una decisión de compra o venta; típicamente, información sobre resultados próximos, fusiones, adquisiciones o aprobaciones regulatorias. Si lo discutido era consistente con las proyecciones públicamente disponibles, o era lo suficientemente incierto como para no influir en un inversor razonable, puede no ser material. El momento de la operación en relación con la reunión y con cualquier divulgación pública posterior, el tamaño de la operación en relación con su patrón habitual de inversión, y si usted había establecido previamente un plan de operaciones antes de la reunión conforme a la Regla 10b5-1 de la SEC son todos factores que la SEC y el DOJ examinan. Si la SEC o el DOJ lo contactan respecto de una operación en este contexto, contrate de inmediato a abogados con experiencia en defensa en acciones de cumplimiento en materia de valores.

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