Defensa en derecho penal económico, investigaciones internas y compliance regulatorio

Foreign Corrupt Practices Act

Defensa en investigaciones del DOJ y la SEC bajo la Foreign Corrupt Practices Act.

Overview

La Foreign Corrupt Practices Act ("Ley Contra Corrupción en el Extranjero", FCPA) tipifica como delito federal que empresas y personas estadounidenses, así como ciertos emisores extranjeros, paguen sobornos a funcionarios de gobiernos extranjeros. La aplicación de la FCPA se ha intensificado drásticamente: el DOJ (Departamento de Justicia de EE. UU.) y la SEC persiguen procesos penales contra individuos junto con importantes deferred prosecution agreements ("acuerdos de enjuiciamiento diferido", DPA) corporativos.

Nuestra práctica de FCPA se apoya en un profundo conocimiento de América Latina. Daniel Fridman ha dirigido investigaciones bajo la FCPA en Brasil, Argentina, México y Colombia para multinacionales sujetas al escrutinio de la SEC y el DOJ. Michael Garcia, socio durante una década en la práctica de investigaciones en América Latina de White & Case, ha dirigido investigaciones internas bajo la FCPA para comités de auditoría en todo el hemisferio.

Our Approach

Los asuntos de FCPA casi siempre comienzan con una investigación interna, desencadenada por un whistleblower ("denunciante"), una citación del gobierno o un hallazgo propio de la empresa. La investigación interna enmarca todo lo que sigue: cómo se presenta la empresa ante los reguladores, si corresponde una divulgación voluntaria y qué medidas de remediación pueden influir en las decisiones del gobierno sobre cargos y sanciones. Hemos dirigido importantes investigaciones en América Latina para empresas y comités de auditoría, y representamos a ejecutivos y empleados que necesitan asesoría legal independiente propia.

Representative Experience

White Collar & Government Investigations

  • Defensa confidencial ante el DOJ – esquema de sobornos Gunvor / PetroEcuador

    Representó a un ciudadano canadiense y exempleado de Gunvor acusado en el Eastern District of New York de conspirar para lavar el producto de un esquema de sobornos de aproximadamente US$22 millones que involucraba a la petrolera estatal de Ecuador, PetroEcuador. Gunvor S.A., la empresa suiza de comercialización de energía, se declaró culpable por separado en marzo de 2024 de conspiración para violar la FCPA y pagó una multa penal de US$374.56 millones como parte de una resolución global de US$474.4 millones, admitiendo que pagó a intermediarios más de US$97 millones entre 2012 y 2020 para sobornar a funcionarios de PetroEcuador con el fin de obtener y retener negocios de comercialización de petróleo. Con cobertura de Bloomberg, The Wall Street Journal y la prensa internacional.

  • Investigación interna FCPA para un comité de auditoría

    Representó a un comité de auditoría en una investigación interna sobre presuntas violaciones de la FCPA, incluida la coordinación con los auditores externos respecto de las obligaciones de remediación y divulgación del comité.

Securities & SEC Enforcement

  • Representación de un whistleblower ante la SEC en materia de FCPA

    Representa a un whistleblower con evidencia de primera mano sobre sobornos pagados por la subsidiaria de una empresa estadounidense que cotiza en bolsa, en respaldo de una posible acción de cumplimiento bajo la FCPA con una exposición superior a US$30 millones en operaciones transfronterizas.

Latin America & Cross-Border

  • Defensa confidencial ante el DOJ – ejecutivo de Gunvor, esquema de sobornos a PetroEcuador

    Trabajó en la defensa de un exejecutivo de Gunvor acusado en el Eastern District of New York en relación con un esquema de sobornos a PetroEcuador de aproximadamente US$22 millones. Gunvor S.A., la empresa suiza de comercialización de energía, se declaró culpable por separado en marzo de 2024 de conspiración para violar la Foreign Corrupt Practices Act ("Ley Contra Corrupción en el Extranjero", FCPA) y pagó una multa penal de US$374.56 millones como parte de una resolución global de US$474.4 millones, admitiendo que pagó a intermediarios más de US$97 millones entre 2012 y 2020 para sobornar a funcionarios de PetroEcuador con el fin de obtener y retener negocios de comercialización de petróleo.

Frequently Asked Questions

¿Quién puede ser procesado bajo la FCPA?

La FCPA se aplica a: empresas estadounidenses y sus empleados y agentes en todo el mundo; ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes, sin importar dónde se encuentren; y empresas e individuos extranjeros que realicen cualquier acto en apoyo de un soborno dentro de EE. UU. Las disposiciones contables se aplican a emisores (empresas con valores registrados en EE. UU.) y sus subsidiarias.

La investigación interna de nuestro comité de auditoría encontró evidencia de pagos a funcionarios de gobierno a través de una subsidiaria en América Latina. ¿Debemos divulgarlo al DOJ y a la SEC?

No están obligados a hacerlo, pero el marco que rige esa decisión es uno de los de mayores consecuencias en el derecho penal corporativo. La FCPA Corporate Enforcement Policy del DOJ crea fuertes incentivos para la divulgación voluntaria: las empresas que se autodenuncian voluntariamente, cooperan plenamente y remedian de manera oportuna reciben una presunción de declination, es decir, la no presentación de cargos penales. Las empresas que cooperan pero no se autodenuncian reciben una sanción reducida, sin la presunción de declination. El análisis depende de varios factores: (1) ¿Qué tan grave es la conducta: un incidente aislado o un patrón sistemático? (2) ¿Cuánta evidencia existe y podría el DOJ encontrarla de manera independiente a través de un whistleblower, una investigación en un tercer país o la cooperación de otra empresa? (3) ¿Ha comenzado ya la empresa la remediación? (4) ¿Existen procedimientos paralelos (obligaciones de divulgación ante la SEC, requisitos regulatorios extranjeros o leyes anticorrupción locales) que corren en sus propios plazos? La divulgación voluntaria es irreversible. Una vez realizada, la empresa queda comprometida a cooperar plenamente y no puede controlar cómo el DOJ caracteriza la conducta. Esta decisión debe tomarse con un análisis completo por parte de abogados con experiencia en FCPA, no bajo la presión de un plazo de divulgación.

¿Son legales los pagos de facilitación bajo la FCPA?

La FCPA contiene una excepción limitada para pagos pequeños destinados a obtener actos gubernamentales rutinarios y no discrecionales, pero apoyarse en ella es riesgoso: la excepción se interpreta de manera restrictiva, los pagos son casi siempre ilegales bajo la ley local del país donde se realizan, y otros regímenes, como la U.K. Bribery Act, los prohíben por completo. La mayoría de los programas de compliance de las multinacionales prohíben totalmente los pagos de facilitación, y las autoridades tratan un patrón de tales pagos como evidencia de un problema de corrupción más amplio.

¿Cuánto duran las investigaciones bajo la FCPA y cómo suelen terminar?

Las investigaciones corporativas bajo la FCPA suelen durar de dos a cuatro años, más cuando involucran varios países. Se resuelven en un espectro amplio: declination (cada vez más disponible para empresas que se autodenuncian, cooperan y remedian), non-prosecution agreements ("acuerdos de no enjuiciamiento") o deferred prosecution agreements, declaraciones de culpabilidad y resoluciones paralelas con la SEC que incluyen la devolución de ganancias (disgorgement) y sanciones. Los resultados individuales son independientes de los de la empresa, y el gobierno ha priorizado el procesamiento de individuos, razón por la cual los ejecutivos necesitan asesoría legal propia desde el inicio.

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